Han pasado casi setenta y cinco años del alzamiento militar y de varias organizaciones fascistas y
burguesas contra el gobierno de la II República que, pocos meses antes había salido de la victoria
electoral del Frente Popular. El resultado de la guerra impuesta que se derivó permitió el establecimiento
de la dictadura franquista y su posterior reforma en el régimen monárquico actual. Por el camino quedaron,
además de las víctimas del conflicto bélico, miles y miles de personas desaparecidas y asesinadas,
con o sin juicio previo, centenares de miles de presos y presas políticas y de exiliados. En definitiva, los
pueblos y la clase trabajadora del Estado Español vieron secuestradas sus esperanzas y opciones de
llevar a término una revolución popular que, en algunas zonas, llegó a iniciarse al principio de la Guerra.
Todavía hoy sufrimos, en gran medida, las consecuencias de este secuestro.
La construcción de la dictadura
franquista, un auténtico régimen
fascista, se hizo en gran parte sobre
el exterminio de la oposición
política, en especial de las fuerzas
obreras y campesinas revolucionarias
y de las izquierdas en general.
Además de los consejos de
guerra sumarísimos que condenaron
a muerte a decenas de miles
de personas, los partidarios del alzamiento
recurrieron a las desapariciones
forzosas y posteriores
asesinatos de miles de sindicalistas,
militantes de partidos políticos,
maestros y maestras, campesinos
y obreros, etc. Muchos de ellos
todavía hoy se encuentran enterrados
en las miles de fosas comunes
clandestinas dispersas por
campos, cunetas y cementerios
del Estado Español. La magnitud
de la represión fue tal, que todavía
hoy en día se desconoce el
número exacto de muertes, en
parte debido al obstruccionismo
que el Estado ha impuesto a las
investigaciones sobre este tema.
Las cifras más recientes, fruto de
la investigación de algunos historiadores,
suponen una recopilación
con el nombre de más de
132.000 personas fusiladas, aun
cuando hay consenso en que el
número real es aún mucho mayor.
Los cerca de 30.000 desaparecidos
de la dictadura argentina
se quedan cortos ante la magnitud
de estos datos. La finalidad
de esta represión fue exterminar
a las fuerzas políticas y sociales revolucionarias
en el Estado Español,
y a aquellas que defendían,
desde posturas de izquierdas, los
derechos de las naciones que lo
integran. Y, en definitiva, atemorizar
al conjunto de la población.
El carácter fascista del régimen
de Franco quedó claro desde el
principio. Incluso las Naciones Unidas,
en el año 1946, incluyeron la
dictadura franquista dentro de las
potencias del Eje, asimilándola a
los regímenes de Hitler
y Mussolini, considerándola
ilegal. El derecho
internacional, por otro
lado, también permite
condenar de manera
clara la represión promovida
por el fascismo en
el Estado Español. Los
actos sistemáticos de
tortura o los abusos
contra la población civil
ocurridos a medida que
avanzaba el ejército
franquista eran crímenes
recogidos ya en la
época por las convenciones
de Ginebra de
1864 y de La Haya de
1899 y 1907. Posteriormente,
en el año 1946,
el Tribunal Militar Internacional
de Nüremberg
calificó estas actuaciones
contra la población
civil como Crímenes de lesa humanidad o Crímenes contra
la humanidad y extendió su
jurisdicción a los años anteriores
a la Segunda Guerra Mundial. En
definitiva, los crímenes del
franquismo eran delitos muy graves
ya en el momento en que se
cometieron.
La denominada Transición política,
escenificada en parte en los
Pactos de la Moncloa del octubre
de 1977, impuso el silencio
sobre estos hechos. La Ley de
Amnistía de 1977
ha frenando cualquier
investigación
de estos hechos
con el fin de establecer
responsabilidades
jurídicas. La
Ley de la Memoria
Histórica (52/2007),
aprobada por el
PSOE con el apoyo,
entre otros, de CIU
e IU-ICV, no cambia
la tipificación legal
de la violencia fascista.
Si bien sobre
el papel hace un reconocimiento
moral
de «todas las víctimas
» (olvidando el
carácter político del
conflicto) y considera
ilegítimas las sentencias
represivas
franquistas, en ningún
momento las
anula ni las considera
ilegales. En definitiva,
perpetúa la
consideración jurídica
que el régimen
franquista hizo de los
hechos inmediatos
(desde la revolución
del 1934) y los sucedidos durante
la Guerra Civil mediante las Leyes
de Responsabilidades Políticas del
1939 y la Causa General iniciada
el año 1940. En paralelo, el
Estado Español se ha negado
sistemáticamente a ratificar las
medidas internacionales para la
búsqueda de personas víctimas de
desapariciones forzosas (en su última
versión, la Convención internacional
para la protección de todas
las personas contra las desapariciones
forzosas, incluida en la
resolución 61/177 aprobada en
2007 por la Asamblea General de
la ONU). Esta convención obliga
a los estados que la firman a investigar
cualquier sospecha de
desaparición forzosa, hecho que
incluía directamente las motivadas
por el franquismo. También en el
año 2008 el Comité de Derechos
Humanos de la ONU reconoció
esta situación en su informe anual
y pidió al gobierno español la derogación
de la Ley de Amnistía
del 1977.
¿Cómo se explica, pues, que el
Estado Español, todavía hoy, no
haga ningún caso de las recomendaciones
de organismos internacionales
que no son nada
sospechosos de ser revolucionarios?
No hace falta hacer demasiada
memoria para recordar quién
designó al actual jefe del estado.
Ni hace falta investigar demasiado
para ver cuál es la situación
actual de las fortunas que se acumularon
durante la dictadura, a
menudo aprovechándose de las
confiscaciones o compras a bajo
precio de propiedades de las personas
represaliadas políticamente.
Tampoco hace falta buscar
demasiado para encontrar qué
papel tuvo un amplio sector de la
burguesía de la época, y entre
esta la catalana, de apoyo a la
causa fascista.
Una mirada atrás, ahora a un
periodo más reciente en el tiempo,
nos muestra también que la
denominada Transición tampoco
fue ni tan modélica ni tan
consensuada como generalmente
se quiere hacer pensar. Los
programas de reformas radicales
que supuestamente defendían
PSOE y PCE se desvanecieron
rápidamente
a medida que
sus cúpulas pactaban,
con el régimen,
la reforma política en
la que consiguieron
de éste concesiones
generalmente bastante
exiguas. En
paralelo, esta Transición
fue también impuesta
en gran medida,
como muestran
las cerca de 180
muertes por causas
políticas que hubo
entre 1975 y 1980
en el Estado Español.
En definitiva, la revisión
jurídica del
franquismo sigue
pendiente. Y sigue
pendiente porque así
se pactó durante la
Transición. La actual
polémica en torno al
juez Garzón parece
un nuevo capítulo
para desviar la atención
del problema de
fondo, que es la legitimidad
de las instituciones políticas
actuales del Estado Español,
Audiencia Nacional (heredera
directa del Tribunal de Orden Público
franquista) incluida. Y mientras
tanto, una última pregunta
queda todavía abierta. ¿Qué responsabilidades
hace falta imputar
también a aquellos que, conociendo
los crímenes de lesa humanidad
del fascismo, pactaron el silencio
y el olvido impuesto por la
Transición?
Ermengol Gassiot Ballbè